Decreto que Elimina la Condonación de Adeudos Fiscales

Decreto que Elimina la Condonación de Adeudos Fiscales

C.P. Juan Raúl Mantilla Morales
Gerente de área de Auditoría
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El pasado 20 de mayo se publicó en el DOF el Decreto mediante el cual se dejan sin efectos las diversas disposiciones de carácter general emitidos en términos del artículo 39, fracción l del CFF, por virtud del cual se condonaron deudas fiscales, el cual entró en vigor el pasado 21 de mayo de 2019 y estará vigente hasta el año 2024.

El Decreto establece que el Ejecutivo Federal no continuará con la práctica de otorgar de forma periódica programas generalizados y masivos de condonación a deudores fiscales, esto es, no mas decretos en este sentido.
Mediante este, se dejan sin efectos todas las disposiciones de carácter general emitidas por el Ejecutivo Federal en el sentido de la condonación de adeudos fiscales, excepto por los siguientes:

  • Decreto que otorgue facilidades para el pago de ISR e IVA y condona parcialmente el primero, que causen las personas dedicadas a las artes plásticas, con obras de su producción, y que facilita el pago de los impuestos por la enajenación de obras artísticas y antigüedades propiedad de particulares.
  • Decreto por el que se otorguen beneficios fiscales en materia de vivienda, que en
    términos generales condona el pago de IVA y sus accesorios que haya sido causado por los contribuyentes hasta el 31 de diciembre de 2014 por la prestación de servicios parciales de construcción de casa habitación, el cual fue publicado el 22 de enero de 2015 en el DOF.

Así mismo, se manifiesta por parte del Ejecutivo Federal, su compromiso de no otorgar mediante decretos o cualquier otra vía legal o administrativa, condonaciones o a eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios a Grandes Contribuyentes y deudores fiscales.

Por último aclara también, que lo previsto en el párrafo anterior dejará de ser aplicable en los siguientes caso extraordinarios:

  • Los que afecten o traten de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de alguna actividad.
  • Así como las que se refieren a catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas, epidemias, ejerciendo dicha opción cuando se beneficie a la población afectada.
/ Traust

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